Honestidad intelectual

Principios y valores éticos en la función judicial

Autores/as

  • Claudio Nieri Tribunal de Ética Judicial

Palabras clave:

imparcialidad judicial, Honestidad intelectual, Principios y virtudes éticas, Ética judicial

Resumen

El artículo 17 del Código Iberoamericano de Ética Judicial, en el Capítulo II de “Imparcialidad”, establece expresamente que “la imparcialidad de juicio obliga al juez genera hábitos rigurosos de honestidad intelectual y de autocrítica”; es decir, que el juez debe ser honesto en cuanto a las razones que lo llevan a fundar su resolución y para ello debe existir un comportamiento íntegro del juzgador.

La afectación de la honestidad intelectual en los jueces es una temática poco ensayada, pero no por ello deja de ser relevante si tenemos en cuenta que la exigencia ética de fundar las sentencias resulta fundamental en lo que hace a la justicia de las resoluciones judiciales (art. 18 del Código Iberoamericano de Ética Judicial), y que de esa forma se fortalece la confianza y contribuye al prestigio del Poder Judicial. Dichas nociones, exigen su estudio precisamente por el grado de afectación a la función y la implicancia moral que la misma tiene.

El núcleo de la cuestión es que el juez o jueza pueda decidir conforme a su conciencia, con objetividad en su criterio, analizando adecuadamente los hechos y haciendo una razonable y justa aplicación del derecho, de forma totalmente ajena a cualquier influencia, favoritismo, predisposición o prejuicio.

Por ello, la ética debe estar presente en todas las exigencias de la actividad judicial si lo que se quiere es promover en la sociedad una actitud racionalmente fundada de respeto y confianza hacia la administración de justicia, la cual desde hace tiempo exhibe una visible crisis de la legitimidad.

Ello hace necesario principalmente enfocarnos en los valores y caracteres personales del juez, para lo cual es necesario abordar la ética de las virtudes como el modelo más idóneo para desarrollar la labor jurisdiccional, pues en la práctica resulta fundamental para orientar las decisiones en los contextos y situaciones concretas de aplicación de la justicia. Las cualidades intelectuales del juez necesariamente deben ir de la mano de las cualidades morales.

La formación en principios y virtudes éticas va más allá del conocimiento teórico y constituye un elemento esencial para las instituciones públicas. Así lo destaca el Décimo dictamen de la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial, cuando refiere a los principios éticos que recoge el Código Iberoamericano de Ética Judicial y que se encuentran relacionados con la función jurisdiccional: independencia, imparcialidad, motivación, conocimiento y capacitación, justicia y equidad, responsabilidad institucional, cortesía, integridad, transparencia, secreto profesional, prudencia, diligencia y honestidad profesional (Sánchez Rodríguez, 2020).

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Citas

Amaya Navarro, A. (2009). Virtudes judiciales y argumentación. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Andruet, A. (25 de marzo de 2005). La motivación de las resoluciones judiciales y su razonabilidad. Obtenido de acaderc.org.ar: www.acaderc.org.ar

Andruet, A. (07 de 10 de 2008). ¿Hay algo más grave que cometer un plagio? Zeus(312).

Andruet, A. (11 de mayo de 2016). La Integridad. Código Iberoamericano de Ética Judicial. Comercio y justicia.

Aranguren, J. L. (1983). Ética. Alianza Universidad.

Atienza, M. (2004). Cuestiones judiciales. Fontamara.

Atienza, M. (2008). Ideas para una filosofía del derecho. Una propuesta para el mundo latino. Fondo Editorial de la UIGV.

Bollnow, O. (1960). Esencia y cambio de las virtudes. Revista de Occidente S.A.

Buongermini, R. (2007). Manual de ética y deontología de las profesiones jurídicas. Pa

Cortina, A. (1998). Ética.Akal S.A.

Del Carril, E. H. (2013). La interpretación judicial como problema linguistico. En R. L.-M. Mujía. Tratado de Derecho Judicial. (pp. 189-191).

García, J. H. (2012). El derecho a la libertad ideológica de los jueces. En S. Arnaiz. Los derechos fundamentales de los jueces.: Marcial Pons (pp. 65-71).

Ibáñez, P. (2012). La independencia judicial y los derechos del juez. En A. S. Arnaiz. Los Derechos Fundamentales de los jueces. Marcial Pons (pp. 45-55).

Kemelmajer, A. (2006). Ética de los jueces. Análisis pragmático. (S. C. Nación, Ed.)

Kriscovich-Taboada. (2007). Las virtudes morales. En K. d. Vargas, Manual de Ética y Deontología de las profesiones jurídicas. Atlas Representaciones S.A (pp. 125-126).

Lariguet, G. (2012). Virtudes, ética profesional y derecho. Una introducción filosófica. Julio Cesar Faira.

Malem, S. (2003). La vida privada de los jueces. En Malem, & O. y. Vazquez. La función judicial (pp. 173-178). Gedisa.

Massini, C. (1983). La Prudencia Judrídica. Abeledo-Perrot.

Sáenz, D. (2014). El plagio de los jueces en las sentencias. Revista Iberoamericana de la propiedad intelectual (pp. 329-360).

Saldaña, J. (2007). Manual de Ética y Deontología de las Profesiones Jurídicas. Paraguay: Atlas Representaciones S.A.

Sánchez Rodríguez, L. P. (octubre de 2020). Ditamen de la CIEJ N° 10. Obtenido de Formación en principios y virtudes éticas judiciales: https://eticayvalores.poder-judicial.go.cr/images/CIEJ/Dictamen_CIEJ_10.pdf

Toller, F. (26 de 10 de 2010). Obtenido de Sup. Act. 26/10/2010, 26/10/2010, 1: AR/DOC/7206/2010

Vega, D. l. (2007). La necesidad del sentido critico. En K. d. Esteban, Manual de Ética y Deontología de las profesiones jurídicas. Atlas Representaciones (p. 61).

Vigo, R. L. (2013). De la interpretación de la Ley a la argumentación desde la Constitución. En R. L.-M. Mujía. Tratado de Derecho Judicial. Abeledo Perrot (pp. 41-55).

Zovak, L. (2013). Aspecto Subjetivo de la garantia de Imparcialidad del juez constitucional en el proceso civil. En V. d. Mujia, Tratado de Derecho Judicial. Abeledo Perrot (pp. 903-906).

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Publicado

2025-07-31

Número

Sección

Dossier