La pena natural en la reforma al Código Procesal Penal de Córdoba (Ley 10457)

Autores/as

  • Maximiliano Hairabedián Universidad Católica de Córdoba – Poder Judicial de la Nación

Resumen

La reforma al Código Procesal Penal de Córdoba introducida por Ley 10457 permite al Ministerio Público no perseguir un delito cuando el autor haya sufrido, como consecuencia, un grave daño físico o moral. Para evaluar la procedencia, se requiere un juicio de ponderación entre la entidad del hecho imputado y la extensión del sufrimiento del agente. No se requiere que la pena natural sea mayor que la legal. Es indiferente que el autor haya podido prever o no la consecuencia autoperjudicial de su acción.

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Citas

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Publicado

2018-12-28

Número

Sección

Ensayos