Revista Argumentos (ISSN: 2525-0469)
Núm. 20 2025, pp. 219-221
Sección: Reseñas
Centro de Perfeccionamiento Ricardo C. Núñez [En Línea] http://revistaargumentos.justiciacordoba.gob.ar/ DOI: 10.5281/zenodo.16821906

Reseña del libro "Alimentos. Teoría General. Fuentes. Tutela judicial efectiva. Tomo Ipor Mariel F. Molina de Juan, editorial Rubinzal Culzoni, 2025

Una actualizada y completa herramienta para operadores del derecho de las familias

Por Gabriel Eugenio Tavip*

La editorial Rubinzal Culzoni acaba de publicar (abril 2025) un libro de dos tomos sobre una de las problemáticas que casuísticamente más impacta en los tribunales con competencia en familia de todo el territorio nacional, como es la cuestión alimentaria.

Escrito por la profesora santafesina/mendocina Mariel Molina de Juan, aborda de manera profunda y desde una más que adecuada sistemática investigativa, uno de los temas que preocupan de manera cotidiana a los profesionales en la materia, sean estos abogados/as, juezas/ces, funcionarios y representantes de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

El trabajo comienza en su primer eje temático con un encuadre sobre la teoría general del derecho alimentario, centrándolo como parte de los derechos humanos, enfoque necesario y comprometido con el alcance que debe adoptarse basándose en el contexto constitucional legal vigente en nuestro país (cap. 1). La autora pasa luego (cap. 2) a analizar, desde esta perspectiva, las clases de las prestaciones alimentarias presentes en el derecho argentino y realiza una descripción profunda de las que pueden solicitarse en los tribunales. A continuación (cap. 3) se embarca en el estudio de las diversas clases o formas alimentarias; de lo relativo a las maneras de cumplimiento y la naturaleza de la obligación (cap. 4), para terminar esta primera parte, con un sistemático y documentado análisis de la cuestión del debatido tema de la prescripción de las obligaciones alimentarias (cap. 5).

En el segundo eje temático (también ubicado en el primer tomo), Molina de Juan realiza un pormenorizado desarrollo de las diferentes fuentes que la obligación alimentaria puede tener. Comienza (cap. 6) a desarrollar desde una perspectiva general la que nace como consecuencia de la responsabilidad parental -la más extendida en la

* Poder Judicial de la Provincia de Córdoba. gtavip@justiciacordoba.gob.ar ORCID https://orcid.org/0009-0009-5795-1708

praxis judicial- presentando una serie de supuestos de interés -rubros que integran la base para el cálculo de una cuota, por ejemplo, cuando se hacen pagos directos a terceros, entre otros-; o cuál es la mirada debe tenerse cuando se piden alimentos en un supuesto de triple filiación (que resulta una verdadera novedad en el sistema normativo nacional). Adentrándose en la especificidad de los alimentos para hijos/as menores de edad (cap. 7), la doctrinaria estudia todos los aspectos centrales que deben primar en esta obligación, con una especial referencia a su vinculación con la manera en que se ejercen los cuidados de los NNA. En los dos capítulos siguientes -8 y 9- verifica la particularidad, naturaleza, extensión y viabilidad de los denominados “alimentos extendidos”, es decir esos que se mantienen más allá de la mayoría de edad, que deben los/as progenitores a los hijos entre 18 y 21 años y los que se extienden hasta los 25 años cuando hijas/os se capacitan. En el cap. 10, incluye otras de las fuentes alimentarias que admitieron un tratamiento especial con la sanción del CCyCN, la que tienen abuelos/as en relación con sus nietos/as. Es también de suma utilidad el cap. 11, en donde la autora agrupa una serie de deberes alimentarios también novedosos, como son la destinada al hijo que aún no tiene un emplazamiento paterno/materno-filial; el de la mujer embarazada y la que está a cargo de progenitores/as afines. Cierra el primer tomo el estudio sobre los alimentos derivados del parentesco (cap. 12), delineando la autora las cuestiones de procedencia, de cuantificación, cese, aumento o disminución de este tipo de prestación -y deja para otros capítulos lo relativo a pautas generales que se aplican a todas las formas alimentarias-.

El segundo tomo continúa con el segundo bloque temático relativo a las fuentes de la obligación alimentaria, incluyendo los alimentos derivados del matrimonio (cap. 13) -los que nacen durante la vida en común y en la época de la separación de hecho-, tratados como un efecto personal de la unión matrimonial; así como los postdivorciales -que son los que principalmente figuran en las causas judiciales-. No podía estar ausente en este ítem la comparación con las compensaciones económicas temática de la que la autora es una de las principales referentes doctrinas nacionales.Luego analiza Molina de Juan lo referente a la obligación alimentaria en las uniones convivenciales (cap. 14), aseverando que se trata de un diseño legal asentado en un delicado equilibrio entre principios fundamentales: autonomía personal/solidaridad/respeto a las diferencias con el vínculo matrimonial-. Por último (cap. 15) incluye un exhaustivo análisis de los que denomina “otras fuentes derivadas de la responsabilidad alimentaria familiar”, dentro de lo que analiza especiales supuestos: los deberes alimentarios para hijos mayores de edad con discapacidad, los excepcionales de tíos/as a sobrinos/as y los que se podrían requerir en los casos en que alguien hubiera tenido la guarda preadoptiva de un NNA y luego se retractó de proseguir con el proceso adoptivo.

El tercer eje temático se integra con tres capítulos en los que la autora desarrolla las viabilidades para la “tutela judicial efectiva del derecho alimentario”, análisis que resulta de suma practicidad y utilidad en muchos procesos judiciales que se llevan a cabo en tribunales. En el cap. 16, el análisis se centra en las pautas procesales que deben primar en los juicios de alimentos, que es abordado desde diferentes ópticas: trámite requerido, prueba, efectos de la sentencia, naturaleza de los recursos y finalmente la ejecución de lo resuelto. En el siguiente capítulo (17) y también dando una acabada visión teórica/práctica, Molina de Juan se preocupa por el acuciante problema de la eficiencia de la sentencia que fijó alimentos. En este punto toma como elementos centrales las diferentes normas que el CCyC incluyó como novedades con el objeto central de darle real y acabado cumplimiento a los deberes alimentarios. Por último en

el cap. 18 asume el estudio de una temática que no es abordada frecuentemente y que en un mundo globalizado cada vez puede generar más situaciones a ser consideradas: la manera de hacer efectiva las prestaciones alimentarias cuando el/la obligado/a reside en otro Estado; realizando un enfoque desde el Derecho Internacional Privado.

Cerrando esta reseña, debo apuntar a la excelente tarea de escritura y redacción que permite una lectura asequible a muchos/as lectores/as algoa lo que ya nos tenía acostumbrados/as la autora en su producción doctrinaria anterior.El libro, además, incluye una profusa documentación doctrinaria y jurisprudencia, que da cuenta de un holgado estudio de la problemática tratada.

No dudo que este libro será de lectura obligada a todos/as quienes nos desempeñamos en las distintas funciones en las que debemos aplicar el derecho de alimentos dentro de los grupos familiares.