Alternativas jurídicas a la sanción penal

Autores/as

  • María Pía Viale Amuchástegui Poder Judicial de Córdoba

Palabras clave:

Resocialización, crisis, alternativas, pena, sustitutos

Resumen

La saturación del sistema judicial, la utilidad de evitar total o parcialmente la punición de algunos delitos, la priorización de otros intereses sobre el de la aplicación de la pena, como por ejemplo la reparación de la víctima o la resocialización del autor por tratamientos alternativos, entre otras razones, han dado lugar a que surjan alternativas al sistema punitivo vigente. Es objetivo del presente trabajo de investigación analizar las alternativas a la pena existentes en el derecho argentino y en el derecho comparado, procurando adoptar una posición respecto de su eficacia como medio sustituto de la sanción penal y - eventualmente- los resultados sean un aporte para quienes tienen la función de decidir sobre la conveniencia o no de su inserción en nuestro sistema jurídico vigente. Surge del artículo 18 de nuestra Constitución Nacional, de los Tratados Internacionales incorporados luego de la reforma de 1994, del art. 1 de la Ley Nacional nº 24.660 y del art.1 de la Ley Provincial nº 8878, que el fin de la pena es la resocialización del delincuente. Sin embargo, frente a “la crisis de la justificación de la pena y su incapacidad para demostrar la declamada reinserción social del autor”, aparecen como reacción las alternativas a la pena como sustitutos con los que se pretende cumplir mejor sus fines.

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Publicado

2016-07-22

Número

Sección

Artículos